La ley laboral determina que los conductores de bus intermunicipal y urbano, deben estar contratados por la empresa prestadora del servicio, por ende le nace el derecho al pago de salario y prestaciones sociales. Si usted es un conductor que le suspendieron el despacho hace menos de 3 años , consúltenos que todavÃa se le puede reclamar esas acreencias laborales, que le empresa prestadora del servicio de transporte de pasajeros ha dejado de cancelar, en perjuicios de sus derechos laborales.
Señor conductor comunÃquese ya con nosotros Gómez Abogados